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15 enero, 2020

NOM-016-CRE-2016 PETROQUÍMICOS

Especificaciones de calidad de los petroquímicos

Esta norma nos especifica la calidad con la que deben cumplir los petrolíferos en cada etapa de la cadena de producción y suministro, aplica en todo el territorio nacional y es de cumplimiento obligatorio para los productores, importadores, transportistas, almacenistas, distribuidores y expendido al público de gasolinas, turbosina, diésel automotriz, diésel agrícola y marino, diésel industrial, combustóleo, gasóleo doméstico, gasavión, gasolina de llenado inicial, combustóleo intermedio y gas licuado de petróleo en toda la cadena de producción y suministro, incluyendo su importación..

Los productores, importadores, transportistas, almacenistas, distribuidores y expendido de petrolíferos que son citados en la norma vigente deberán contar con un dictamen anualmente el cual compruebe el cumplimiento de las especificaciones de la calidad de los petrolíferos; emitido por una Unidad de Verificación o Tercero Especialista acreditados por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) y aprobados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

El verificar y presentar el dictamen de cumplimiento con la NOM 016 CRE 2016 durante los tres meses posteriores al año calendario verificado, esto evitara que el regulado se haga acreedor a sanciones o multas que establece la CRE, las cuales serán tendrán un costo superior comparadas con una verificación conforme como lo establece la legislación vigente.

Información requerida

La evaluación de la conformidad de la norma se realiza mediante la constatación ocular y análisis de información documental:

  1. Permiso de expendido de petrolíferos otorgado por la Comisión Reguladora de Energía.
  2. Informe de resultados, certificados de calidad de origen o documento de naturaleza técnica y jurídica análoga según el país de procedencia que describa la calidad de los petrolíferos.
  3. Informe de calidad de los petrolíferos emitidos por un laboratorio de prueba.
  4. Factura entregada al regulado por cada descarga de combustible.
  5. Documento que acredite el número de tanques y su capacidad en operación.
  6. Póliza de seguro vigente.
  7. Archivo o bitácora de recepción, descarga y desviación de balance de producto para la verificación de la integridad del petrolífero.
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